Excepciones procesales. Defecto legal

En cuanto a la excepción de defecto legal en la demanda, rechazada por la sentencia. De la lectura de la demanda se desprende con suficiente claridad quién demanda, a quiénes se demanda, qué es lo que se demanda y por qué razones se demanda, por lo que no se advierte que los demandados hubiesen sido colocados en un virtual estado de indefensión, ya que para que prospere la excepción, los vicios de la demanda deben ser de tal magnitud o gravedad que resulte difícil reconocer lo que en ella se pretende, creando en la contraria tal perplejidad que le imposibilite ejercer el derecho de defensa al impedirle o dificultarle la refutación o producción de las pruebas pertinentes
La ausencia o error en cuanto al derecho positivo invocado en la demanda, como regla general, y atento al principio iura novit curia no tiene como necesario desenlace el defecto legal u oscuro libelo» y si del contexto general del escrito de demanda puede el juez concluir una adecuada calificación de la pretensión, resulta improcedente la excepción de defecto legal.

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