Recurso de queja por denegación de recurso de inconstitucionalidad. Resarcimiento por daños y perjuicios

En efecto, de la lectura de la sentencia de Cámara surge que los jueces se han apoyado en la doctrina que sostiene que en los juicios por indemnización de daños es regla general aceptada por la jurisprudencia que la condena en costas forma parte del resarcimiento que se le debe oblar a la víctima, en aras del principio de “reparación integral” de raigambre constitucional; y que, además, no puede imputarse ligereza a quien, ejerciendo un derecho legítimo, demanda a todos aquellos que razonablemente presume participantes en el suceso dañoso, aun cuando con posterioridad pueda desentrañarse quiénes fueron los únicos responsables.
Continúa diciendo que la Cámara ha omitido el tratamiento de cuestiones planteadas, en tanto no ha dado respuesta a la cuestión introducida por la Municipalidad de Santa Fe relativa a que la noción de falta de servicio no es aplicable al caso de autos en que el suceso devino de una relación laboral. Este agravio -añade-no ha merecido tratamiento por parte de la Alzada, lo que constituye una causal de invalidación de lo resuelto.

Este contenido está disponible solo para usuarios autorizados.

Por favor, inicia sesión para ver este contenido. Iniciar sesión

Relacionados